sábado, 16 de abril de 2011

PRONUNCIAMIENTO - 17 de marzo 2011

LAS LEYES Y NORMAS ESTÁN PARA CUMPLIRSE
QUEREMOS UN DESARROLLO URBANO ORDENADO DE PIURA

El caso del edificio antirreglamentario de G&P en Los Cocos del Chipe, es sólo una muestra de cómo en Piura se vienen manejando influencias para ir, poco a poco, atropellando las normas hasta convertir las Zonas de Baja Densidad, en “consolidaciones de mayor densidad”, bajo el pretexto del crecimiento y la modernización de la ciudad.  No podemos seguir permitiendo esta situación.

Resulta inaceptable que los funcionarios municipales y asesores, incluso los colegios de Arquitectos e Ingenieros, sigan interpretando a su libre albedrío las normas legales de Zonificación de Baja Densidad.

Causa decepción ver que colegios profesionales, que deben dar opiniones técnicas y neutrales, terminen emitiendo informes a medias tintas, diciendo sólo lo que conviene, con el afán de favorecer tendencias y proteger intereses de empresas constructoras.  Llama la atención que un Decano haya intervenido en la revisión del caso, pudiendo haberse inhibido por ser Asesor Municipal; y otro Decano, que haya emitido un informe basado en una opinión externa, dejando de lado el pronunciamiento técnico de sus propios colegas de la comisión designada.  Sorprende aún más, que la comisión del nuevo Plan de Desarrollo Metropolitano de Piura (en el que persisten ambigüedades en la zonificación de Baja Densidad), esté liderada por profesionales sin colegiatura. 

Tenemos que decirlo una vez más: el D.S. 012-2004-Vivienda y la O.M. 010-2006-C/CPP, al pie de los cuadros normativos de zonificación, establecen claramente: LAS ZONAS DE BAJA DENSIDAD EXISTENTES MANTENDRÁN LOS MISMOS PARÁMETROS URBANÍSTICOS CON QUE FUERON GENERADAS Y APROBADAS.   Este es el párrafo que se niegan a leer e interpretar los funcionarios y los colegios profesionales. Es inaudito que en los informes de dichos colegios, no se haga siquiera mención a dichos párrafos.  Se intenta desviar la atención hacia una cuestión de nomenclatura, omitiendo deliberadamente en su análisis una frase tan explícita. Esto no es serio.  Las normas están para cumplirse, en todo su contenido.  Los informes tratan de justificarse en la “consolidación urbana actual”, criterio que se puede rebatir con un verdadero análisis técnico.  Si hay algo que no está claro en la norma, busquemos los mecanismos legales para corregirla, con parámetros urbanísticos justos y bien definidos, sin irse a los extremos, para que de ahora en adelante se respete.

Finalmente, es un derecho legítimo de los ciudadanos decidir sobre las características del lugar que eligieron para vivir. 

REVOCAR UNA LICENCIA Y DAR EL EJEMPLO

Ha quedado demostrado que en el proyecto de edificio de G&P se forzó el cálculo de la densidad de los departamentos. En los planos arquitectónicos aparece un dormitorio, un cuarto de costura y/o un estudio, curiosamente todos con closet. Así, la densidad se maquilló a DOS personas por departamento, en vez de cinco, como honestamente debe ser. La altura de la edificación tampoco cumple con el Reglamento. En el supuesto que se permitiera construir el edificio, su altura máxima debería ser 12 metros, y tiene casi 13.5 metros.

Ante estos hallazgos, la Municipalidad está en la obligación de actuar de conformidad a la Ley del Procedimiento Administrativo y anular la licencia, porque estuvo mal otorgada.  El arquitecto proyectista y el propietario, según la ley 29090, se someten a que se le revoque la licencia en caso de irregularidades. Una vez anulada la licencia, la Municipalidad puede solicitar a G&P que adecue su proyecto a la norma, y convocar a nuestras urbanizaciones para aclarar los parámetros de Zonificación de Baja Densidad.  No es admisible una simple revisión del proyecto sin revocatoria de la licencia, pues se seguiría violando la ley.


Piura, 16 de abril de 2011.


ASOCIACIÓN DE RESIDENTES
DE LA URB. LOS COCOS DEL CHIPE

JUNTA VECINAL
DE LA URB. LA RIBERA
JUNTA VECINAL
DE LA URB. LOURDES

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